El Magistrado D. Fernando Andreu, titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 de la Audiencia Nacional ha dictado recientemente un Auto en el seno de las Diligencias Previas abiertas en relación con la intervención de Banco Popular por el que acuerda la práctica de un Informe Pericial judicial por parte de dos Inspectores del Banco de España.

El citado Auto detalla todas las cuestiones sobre las que deberán pronunciarse los citados Inspectores del Banco de España al objeto de aclarar toda una serie de aspectos sobre la situación financiera de Banco Popular a la fecha en que se elaboró y publicitó e Folleto Informativo de la ampliación de Banco Popular en mayo de 2016, entre otras cuestiones.

En este caso los dos Inspectores del Banco España que habrán de actuar como peritos judiciales han sido designados directamente por el propio Banco de España.

Es necesario recordar las similitudes existentes en un principio entre la salida a bolsa de BANKIA en julio de 2011 y la ampliación de capital de Banco Popular en mayo de 2016. Asimismo, es posible señalar las similitudes que pueden llegar a existir entre las Diligencias Previas que se instruyeron en relación con dicha salida a bolsa de Bankia y las que actualmente se están instruyendo en ese mismo Juzgado de Instrucción en relación con la intervención de Banco Popular.

Finalmente, cabe recordar que en el asunto Bankia los Inspectores del Banco de España designados como peritos en dicho procedimiento penal llegaron a afirmar en ese Informe Pericial y en diversas ampliaciones al mismo posteriores que el folleto informativo de la salida bolsa de Bankia contenía información financiera errónea y/o falsa. La realización de esas afirmaciones por los Inspectores del Banco de España en dichos Informes Periciales fue el desencadenante de la presentación de un elevado número de demandas ante la jurisdicción civil planteando tanto acciones de nulidad por error en los contratos de adquisición de acciones y la devolución de los importes invertidos, como acciones de responsabilidad civil previstas en el artículo 28 de la Ley del Mercado de Valores (actual artículo 38 de la actual Ley del Mercado de Valores) solicitando indemnización por los daños y perjuicio derivados del contenido del folleto informativo de esa salida a bolsa.

En el supuesto de que en las Diligencias Previas que se instruyen por la intervención de Banco Popular los Inspectores del Banco de España designado como Peritos por el Juzgado Central de Instrucción Número 4 de la Audiencia Nacional lleguen a pronunciarse en el Informe Pericial que se les ha encargado en el sentido de que en el folleto informativo de la ampliación de capital de esa entidad de mayo de 2016 existió información financiera falsa, resulta previsible que se reproduzca la misma situación de proliferación tanto de acciones de nulidad por error, como de acciones de responsabilidad civil por el contenido del folleto informativo previstas en el artículo 38 de la actual Ley del Mercado de Valores.

En un eventual escenario como que queda descrito la experiencia que hemos adquirido en los litigios relativos al anterior asunto de la salida a bolsa de Bankia ha de ser resultar de gran utilidad a la hora de poder representar adecuadamente tanto a inversores profesionales como minoristas frente a Banco Popular.

En consecuencia, conviene mantener la atención sobre las novedades que se puedan ir produciendo en las citadas diligencias penales sobre la intervención de Banco Popular y sobre el resultado del Informe Pericial de los Inspectores del Banco de España en relación con la información financiera contenida en el folleto informativo de la ampliación de capital de esa entidad en mayo de 2016.

Seguiremos actualizando la información sobre este asunto.

Marzo 2018.

 

Esteban Barreda

LINARES BARREDA Abogados

Artículo completo publicado en el diario Legal Today el 20 de diciembre de 2018. Enlace aquí

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